En su reunión ordinaria del 23 de enero de 2015 el Comité Ejecutivo de Ancce realizó Propuesta de Resolución en el Expediente de Yeguada de Trujillo. Propuesta que debe ser elevada a la Junta Directiva que será quien, en su caso, tome el acuerdo de sanción definitiva o archive el expediente.
El Comité Ejecutivo en uso de las facultades que le concede el último párrafo del artículo 19 del Régimen Disciplinario comprendido en nuestros estatutos sociales:
‘El Comité Ejecutivo podrá adoptar las medidas cautelares que estime convenientes y proporcionadas a los hechos imputados, así como suspender en el ejercicio de los derechos al asociado durante el tiempo que dure la tramitación del expediente sancionador en supuestos de faltas graves y muy graves’.
Adoptó aplicar la medida cautelar hasta tanto no se produzca resolución definitiva del expediente en cuestión, consistente en inhabilitar a D. Víctor Molina Córcoles y a la Yeguada de Trujillo para la participación de ambos en concursos, campeonatos o eventos organizados por Ancce.
Esta medida cautelar afecta, así mismo, a los ejemplares presentados por la Yeguada de Trujillo en Sicab 2014 y que se relacionan a continuación:
– ‘Nemo de Vida II’
– ‘Terceto III’
– ‘Olano XIV’
– ‘Hierbabuena VG’
– ‘Osada XLVI’
Lo que se comunica y hace público a los efectos oportunos.
COMITÉ EJECUTIVO
(Fuente: Ancce)
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